Abogados Villarejo

Tlfn.: 957 405 970
Mvl.: 695 571 595
instagram

Se declara improcedente el despido de una trabajadora por causas objetivas, al tener que reducir la plantilla de trabajadores. El fallo del juzgado de lo social nº5 de Córdoba recoge en la sentencia

Derecho Laboral

«Estimando la pretensión subsidiaria de la demanda formulada por Dª MA M M contra la empresa CP S.L., debiendo declarar y declarando que la extinción de la relación laboral llevada a cabo con efectos del 25/2/2022 tiene la consideración de un despido improcedente y, en consecuencia, condeno a la empresa a que dentro del legalmente establecido para ello – cinco días desde la notificación de esta sentencia y sin esperar firmeza – opte entre la readmisión de forma inmediata en su puesto de trabajo y en las mismas condiciones que estaban vigentes en aquel momento o por la extinción del contrato de trabajo con la consiguiente indemnización, que ascenderá a la cuantía de 2.479,80 euros.»

EN ESTE ASUNTO LA EMPRESA FUE CONDENADA A ABONAR LA SUMA DE 5192,92 euros. De esa cuantía debe deducirse la indemnización que por cese del contrato ha percibido la parte demandante (2.713,12 euros). La deuda de la empresa asciende, por tanto, a 2.479,80 euros.

Eduardo Villarejo Lozano